Requisitos Generales para el Matrimonio Civil
- Solicitud simple o formato de solicitud
- a) En el Local Municipal (de lunes a sábado)
- b) En otro local dentro del distrito (de lunes a sábado)
- c) En otro local fuera del distrito (de lunes a sábado)
Los horarios son:
En Local Municipal: Lun a Vie de 08 am a 3 pm y sábado de 09 am a 12 pm.
En otro local dentro y fuera del distrito: lunes a sábado de 08 am a 6 pm
- Partida de nacimiento original: (No más de tres meses de antigüedad)
- Declaración jurada de los testigos de conocer a los contrayentes.
- Constancia médica o examen médico pre-nupcial de los contrayentes, con vigencia hasta 30 días de su expedición.
- Declaración Jurada del estado civil actual de los contrayentes.
- Declaración Jurada de domicilio actual de cada contrayente (uno de los contrayentes. debe residir en el distrito)
- Peruanos que domicilian en el extranjero, Certificado de Soltería expedido en el país de residencia (Consulado Peruano)
Requisitos adicionales según corresponda
Para Menores de Edad:
- Autorización expresa de los padres, de no existir éstos últimos, de los ascendientes, y a falta de éstos la autorización judicial, conforme lo indica el artículo 244 del Código Civil.
Para Divorciados (as):
- Número de la Partida de matrimonio con la inscripción del Divorcio, anulación o disolución del matrimonio anterior.
- Declaración jurada de no administrar bienes de hijos menores.
- Constancia médico negativo de embarazo de la contrayente expedido por el Ministerio de Salud si es que no han transcurrido 300 días de producido el divorcio.
Para Viudos (as):
- Número de la Partida de defunción de cónyuge fallecido.
- Declaración jurada notarial de hijos bajo su patria potestad.
- Constancia médico negativo de embarazo de la contrayente expedido por el Ministerio de Salud si es que no ha transcurrido 300 días producido la viudez.
- Declaración jurada de no administrar bienes de hijos menores.
Para Extranjeros (as):
- Copia de la Partida de nacimiento y/o certificado de naturalización según corresponda, visado por el Cónsul peruano en el país de origen, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado, con traducción simple, con indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado.
- Constancia de soltería consular expedido por el Registro Civil o su equivalente apostillado o visado por cónsul peruano en país de origen y certificados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, con traducción simple, con indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado.
- Copia simple y exhibición del pasaporte y/o carné de extranjería
- Declaración jurada de domicilio.
- En caso de ser divorciado, presentará partida de matrimonio anterior con la disolución o sentencia del divorcio con las visaciones respectiva, o apostillados, de ser el caso con traducción oficial, o con traducción simple, con indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado.
- En caso de ser viudo presentar Partida de matrimonio anterior y partida de defunción del cónyuge fallecido con traducción oficial, o con traducción simple, con indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado.
Para Matrimonios por Poder:
- Declaración Jurada del apoderado señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y asiento de inscripción SUNARP. Si el poder fue otorgado en el extranjero, copia del mismo visado por el Cónsul peruano del país donde lo dio el poderdante, debiendo legalizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado y con traducción oficial o simple, en éste último caso, con indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado.
- Exhibir DNI del apoderado.
Para matrimonios con parentesco entre sí:
- Dispensa judicial de parentesco de consanguinidad colateral de tercer grado
Para matrimonios con parentesco entre sí:
- Copia del Certificado de Discapacidad, expedido conforme a Ley
Nota
- Con posterioridad a la presentación del expediente, se deberá cumplir con la publicación del edicto matrimonial o gestionar la dispensa de publicación del mismo.
- El o la contrayente que se encuentra en el extranjero y desea iniciar los trámites de matrimonio civil antes de su ingreso al país, debe otorgar a su representante una carta poder fuera de registro emitido por el Consulado Peruano del país extranjero y legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
- El o la contrayente que se encuentra en provincia y desea iniciarlos trámites de matrimonio civil antes de su llegada a Lima, debe otorgar a su representante una carta poder con firma legalizada ante notario.